lunes, 15 de abril de 2013

Concepto Técnico de Seguridad y Protección contra Incendios



El Concepto Técnico de Bomberos es la apreciación técnica emitida por el Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá a través de la cual se da constancia de las condiciones de seguridad en las que se encuentra el inmueble en el cual funciona o funcionará un establecimiento comercial
Para obtener su concepto técnico el usuario deberá acercarse a cualquiera de los puntos de atención, donde se le realizará la liquidación del pago respectivo.
  1. Acercándose a uno de los siguientes puntos de atención:


    Ver los detalles del punto: SuperCADE CADSuperCADE CAD 
    Ver los detalles del punto: SuperCADE SubaSuperCADE Suba 


    Ver Mapa: Oficina De Atención Al Ciudadano Del Cuerpo Oficial De BomberosOficina De Atención Al Ciudadano Del Cuerpo Oficial De Bomberos 

  2. Los siguientes son los documentos que debe presentar en el momento de solicitar la liquidación según el tipo de establecimiento:



    Régimen Común: Presentar en original o fotocopia legible las seis (6) declaraciones bimestrales del ICA del año gravable inmediatamente anterior a la solicitud y  Ver: Certificado de Existencia y Representación Legal  Certificado de Existencia y Representación Legal  expedido por la Cámara de Comercio con vigencia de 1 año



    Régimen Simplificado: Presentar el original o fotocopia legible del  
    Ver: Certificado de Existencia y Representación Legal  Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio renovado, con vigencia de 1 año y original del impuesto ICA del año inmediatamente anterior a la solicitud. 



    Establecimientos nuevos o no obligados a declarar: Original o fotocopia legible del  
    Ver: Certificado de Existencia y Representación Legal  Certificado de Existencia y Representación Legal  expedido por la de Cámara de Comercio renovado, con vigencia de 1 año.


    Jardines Infantiles vinculados a la Secretaría Distrital de Integración Social: Presentar Personería Jurídica o Resolución expedida por la Secretaría Distrital de Integración Social.


  3. Pago.
El valor a cancelar será el establecido en el Acuerdo 11 de 1988 Capítulo IV 
Para establecimientos nuevos o no obligados a declarar, el valor a pagar es el equivalente a 2 salarios mínimos diarios. éste monto debe ser cancelado por cada sucursal que tenga el establecimiento 
Este valor debe ser consignado únicamente en cualquier sucursal del Banco de Occidente en la Cuenta Corriente Nº   25604582-4  a nombre de la Tesorería Distrital.
Una vez realizado el pago acérquese con la consignación a cualquiera de los puntos de atención donde se le programará la respectiva capacitación para la auto-revisión o inspección dependiendo de la clasificación del tipo de riesgo del establecimiento, el cual sirve para reclamar el concepto de revisión técnica. 
    4.  Capacitación y Auto-Revisión.
El usuario participa en una capacitación donde se le hará entrega del formulario de auto-revisión. Una vez diligenciado el usuario se acercará a la Oficina de Servicio al Ciudadano donde se le pondrá el sello respectivo.
     5.  Inspección Técnica.
Si la clasificación otorgada al establecimiento es de moderado o alto riesgo se le asignará una visita dentro del término de los  30 días hábiles posteriores a la radicación de la solicitud de inspección. El concepto final deberá reclamarlo en la Oficina de Servicio al Ciudadano 15 días hábiles posteriores a la inspección técnica realizada.

Tenga en cuenta:
  • El concepto técnico será entregado con el original del recibo de caja.
  • Los documentos que radique serán devueltos una vez se haya realizado la liquidación, no se requiere llevar fotocopias.
  • El Concepto Técnico de Bomberos tiene vigencia de un año
  • En caso de ser requerido consulte la normativa aplicable:


    Concepto 012 de 2002, "Se refiere al Concepto de Legalidad Inspección Técnica de Bomberos"


    Acuerdo 11 de 1988 Capítulo IV " Por la cual se dictan las tarifas del Fondo de Bomberos...."

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